sábado, 26 de mayo de 2012

Solicitud ACE sobre antiepilépticos genéricos

         
                Hola a todos:
      En las últimas fechas asistimos a una serie de recortes en las prestaciones de nuestro Sistema Nacional de Salud que en ACE pensamos que puede repercutir muy negativamente en nuestra integridad y calidad de vida, aparte de no contribuir a la contención del gasto sanitario total. 
 Motivo por el cual desde ACE hemos solicitado una entrevista con la Sª Consejera  de Sanidad y Servicios Sociales  del Gobierno Cántabro; para poder exponerle nuestras preocupaciones, y posibles soluciones, que en el marco de reducción del déficit público, pretenden optimizar la gestión del gasto sanitario sin menoscabo de la calidad asistencial a los afectados de epilepsia.
La Asociación Cántabra de Epilepsia expone:

            1-Que según el informe adjunto de la Sociedad Española de Neurología (SEN), los pacientes de epilepsia deben ser tratados siempre por la misma forma farmacéutica, sea de marca o genérico, pues “los cambios reiterados de tratamiento provocan oscilaciones de hasta el 45% de niveles en sangre”.

            2-Que según dicho informe, la modificación de fármacos o formas farmacéuticas sólo está justificada por ineficacia o por la aparición de efectos adversos a juicio del neurólogo prescriptor.

            3-Que desde un punto de vista exclusivamente económico, los costes totales, directos e indirectos (medicación, consultas, niveles y/o ingreso hospitalario en caso de descompensación), se incrementan de forma sustancial cuando se recibe un fármaco genérico.

            4-Que según el estudio referenciado, el cambio de determinados antiepilépticos a su genérico, conlleva  incrementos medios de la dosis de un 6,2%, lo que redunda en una disminución del ahorro del gasto farmacéutico.

            5-Que en los  casos de recidiva, las repercusiones potencialmente graves debidas a ella  conllevan un incremento del gasto global, público y privado, sin perjuicio de posibles responsabilidades administrativas/penales.

            6-Que a tenor de lo dispuesto en el Punto 7 del Artículo 1, Capítulo I del Real Decreto-ley 9/2011 de 19 de agosto, de medidas para la mejora de la calidad y cohesión del sistema nacional de salud, "...Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 24, el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, para asegurar el uso racional de los medicamentos podrá someter, de oficio o a solicitud de las Comunidades Autónomas interesadas, a reservas singulares las condiciones específicas de prescripción, dispensación y financiación de los mismos en el Sistema Nacional de Salud."

Por estos motivos ACE solicita:

             1-Que tenga a bien realizar las oportunas gestiones para que la Comunidad Autónoma de Cantabria, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, considere a todos los pacientes diagnosticados de epilepsia en una reserva singular con condiciones de prescripción específicas, de manera que el neurólogo que lleve cada caso recete el medicamento que considere idóneo, identificándolo con su nombre comercial y, en caso de ser un genérico,  con la identificación del laboratorio fabricante.

            2-Que no se permita el cambio de dicha prescripción por el médico de familia, ni por sistemas automáticos u otros equivalentes del SCS .

            3-Que en la dispensación en las farmacias no puedan existir variaciones respecto a lo prescrito.
           Nuestra solicitud ha sido debidamente tramitada y estamos a la espera de que la agenda de la SªConsejera le permita atendernos, como sin duda es su deseo.




lunes, 14 de mayo de 2012

Retirada Oxcarbazepina TecniGen


Alerta Farmacéutica - Oxcarbazepina TecniGen 300 mg comp., 100 comprimidos, Oxcarbazepina TecniGen 600 mg comp., 300 comp.

No cumplimiento del fabricante de la sustancia activa

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios informa  con fecha 7 de mayo de 2012 de la retirada de todos los lotes del medicamento antiepiléptico genérico:

Marca comercial, presentación, nº de registro y código nacional:

  • OXCARBAZEPINA TECNIGEN 300 mg COMPRIMIDOS, 100 comprimidos (NR: 74472, CN: 682471)
  • OXCARBAZEPINA TECNIGEN 600 mg COMPRIMIDOS, 100 comprimidos (NR: 74473, CN: 682472

Por no cumplimiento del fabricante de la sustancia activa se toma la medida cautelar de retirar del mercado todas las unidades distribuidas de todos los lotes y devolución al laboratorio por los cauces habituales. El seguimiento de la retirada sera una actuación a realizar por las Comunidades Autónomas.
Si alguno estáis tomando este producto os recomendamos que os pongáis en contacto con vuestro farmaceutico.
Esto solo afecta a la marca comercial indicada, si alguno estáis tomando oxcarbacepina de otros laboratorios o de otros lotes no debéis preocuparos porque no se ven afectados por esta alerta farmacéutica.